Fondo de Asistencia Ministerial

Dar al Fondo de Asistencia del Ministerio

El Fondo de Asistencia Ministerial (MAF), aprobado por la Conferencia Anual en 1998, fue creado para ayudar a todas las personas ordenadas, en lo sucesivo denominadas ministros. Mientras continúa ayudando a las personas en crisis, el MAF también es proactivo en el sentido de que está diseñado para ayudar a las personas antes de que se encuentren en situaciones de crisis.

Los ministros y las familias que enfrentan dificultades y estrés profesional o personal pueden ser elegibles para recibir asistencia del Fondo. Dificultades significa el agotamiento de los recursos en la medida en que se ven afectadas las condiciones básicas de vida, lo que requiere la necesidad de tiempo y apoyo para seguir una carrera o asesoramiento personal y/o la incapacidad de encontrar fondos para buscar una nueva ubicación u otro empleo. Debido a que los factores que indican crisis o emergencias varían de persona a persona y son complejos, la definición de los mismos debe ser general, permitiendo flexibilidad en la consulta y negociación.

El Fondo de Asistencia para el Ministerio, un ministerio de extensión para distritos, congregaciones y ministros, se acumulará a partir de las contribuciones anuales en efectivo, que serán donaciones designadas fuera del presupuesto anual del ministerio central de la Iglesia de los Hermanos.

Se alienta a las congregaciones a incluir el Fondo en su presupuesto anual, además de la autoasignación, en el mínimo recomendado de:
Hasta 100 miembros $ 50.00
100 – 200 miembros $ 75.00
200 – 300 miembros $ 100.00
Más de 300 miembros $ 125.00

Se alienta a los ministros a contribuir al Fondo. Las Juntas de Distrito y/o las Comisiones de Ministerio de Distrito, así como los laicos interesados, pueden contribuir al Fondo. Las contribuciones pueden enviarse en cualquier momento a:
Fondo de Asistencia Ministerial
c/o tesorero
Iglesia de los Hermanos
1451 Avenida Dundee
Elgin, IL 60120-1694

Dar al Fondo de Asistencia del Ministerio

El Fondo será operativo en función de los saldos disponibles en cada momento. Las solicitudes de subvenciones se canalizarán a través del Ejecutivo/Ministro del Distrito o la persona designada por el ministro/la familia que experimenta dificultades. No hay limitación sobre el origen de las solicitudes, salvo que se identifique el origen. El Ejecutivo/Ministro del Distrito o la persona designada, el Director de Ministerio de la Iglesia de los Hermanos y el presidente de la Asociación de Ministros considerarán las solicitudes en función de la necesidad y los saldos de fondos disponibles y determinarán el monto de la subvención que se otorgará, en consulta. con el solicitante.

La subvención puede tomar la forma de dinero en efectivo, beca de evaluación de carrera, cobertura de seguro u otras formas de asistencia, según la necesidad. Las subvenciones están destinadas a brindar asistencia para necesidades a corto plazo, por ejemplo, asistencia con las primas del seguro médico durante dos o tres meses, varias sesiones con un consejero personal/profesional, necesidades de vivienda de emergencia, etc. supere los $2000 en un año calendario. Las solicitudes de asistencia con necesidades a largo plazo deben presentarse al Plan de Asistencia para Trabajadores de la Iglesia del Fideicomiso de Beneficios de los Hermanos.

See detalles completos del Fondo de Asistencia del Ministerio (pdf)